Bolsa de Trabajo de Trabajador Social para CEUTA



Bases de la convocatoria de una Bolsa de Trabajo de Trabajador Social.

1.953.- El Excmo. Sr. D. Emilio Carreira Ruiz, consejero de Hacienda, Economía y Recursos
Humanos, en virtud de las competencias atribuidas por la Presidencia de la Ciudad realizada por Decreto de fecha 30 de julio de 2013, al amparo del artículo 14.2 y 20 del Estatuto de Autonomía ha resuelto dictar con esta fecha la siguiente

DECRETO
ANTECEDENTES DE HECHO

En fecha 20 de julio de 2007, así como en posteriores rectifi caciones del 25 de octubre de 2013 y en 12 de noviembre de 2013, se publicaron en el B.O.C.CE. las Bases Reguladoras de las Bolsas de Trabajo para cubrir las necesidades de personal de
carácter temporal

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Las Bases Reguladoras de las Bolsas de Trabajo citadas anteriormente establecen en su punto primero que “ La creación de una bolsa de trabajo tiene como objeto la contratación para cubrir necesidades de personal que tenga carácter temporal, una vez negociada con las distintas Centrales Sindicales con representación en nuestra Administración el objeto de la contratación, a través de la valoración de méritos conforme al Anexo I cumpliendo con los principios de igualdad, mérito y capacidad, que será publicado para cada categoría en su respectiva convocatoria”. En el punto segundo establece que “ Las plazas objeto de esta bolsa son las que se señalan en cada convocatoria que se publicaran en el B.O.C.CE., según vayan surgiendo las necesidades en la Ciudad Autónoma”.

En la Base nº 12 se establece que “La relación de candidatos que resulte de la presente convocatoria tendrá una vigencia de dos años desde la publicación de las listas de candidatos, o aquel otro plazo o fecha que se determine en el acuerdo con las Centrales Sindicales”.

La Ley 17/12, de 27 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013 prevé en su art. 23.2 que “Durante el año 2013 no se procederá a la contratación de personal temporal, ni al nombramiento de personal estatutario temporal o de funcionarios interinos salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables que se restringirán a los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos
esenciales”.

La competencia en esta materia la ostenta el Excmo. Sr. D. Emilio Carreira Ruiz, consejero de Hacienda, Economía y Recursos Humanos, en virtud del Decreto de la Presidencia de 30 de julio de 2013, por el que se le atribuyen las competencias en materia
de gestión interna, función pública, régimen jurídico y retributivo del personal, formación del personal, prevención de riesgos laborales y servicio médico, así como la ordenación de gastos respecto de dichas materias.

PARTE DISPOSITIVA

1º.- Apruébese la Convocatoria de una Bolsa de Trabajo de Trabajador Social que se regirá por las Bases aprobadas por Decreto de fecha 18-07-07.

2º.- Las condiciones de los aspirantes serán las establecidas en la base 3ª de las Bases Reguladoras de las Bolsas de Trabajo (B.O.C.CE. 20-07-07), requiriéndose en la presente convocatoria tener la titulación de Grado/Diplomado en Trabajo Social o equivalente.

3º.- Presentación de documentos: El plazo de presentación de las solicitudes junto con los documentos acreditativos de los méritos alegados debidamente compulsados, será de 10 días naturales a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el B.O.C.CE.- EL CONSEJERO.- Doy fe.- LA SECRETARIA GENERAL ACCTAL.

ANEXO I

A) Experiencia profesional hasta un máximo de 50 puntos. Por los servicios prestados, en puestos de trabajo en cualquier Administración Pública o en Entidades u Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella, sustancialmente iguales al que se convoca se otorgará 0,5 puntos por mes trabajado, debidamente justificado mediante certificado acreditativo del periodo trabajado y categoria laboral.

Por los servicios prestados en empresa privada en puestos sustancialmente iguales al que se convoca, se otorgará 0,2 puntos por mes trabajado, debidamente justificado mediante el contrato y vida laboral, debiendo en caso de presentación de fotocopias, estar
compulsadas.

B) Formación profesional hasta un máximo de 30 puntos.
Por haber realizado cursos de formación y perfeccionamiento de 10 o más horas homologados por Administraciones Públicas o Entes Públicos y Organizaciones Sindicales, y Confederación de Empresarios, relacionados con las funciones propias
y específi cas del puesto de trabajo al que se opta, se otorgará 0,3 puntos por cada 10 horas, hasta un máximo de 30 puntos.

C) Otros.

1.- Por ser víctima de la violencia de género debidamente acreditado se otorgará 7 puntos. Se deberá acreditar la orden de protección a favor de la víctima. A este respecto, se podrán realizar las comprobaciones que se estimen oportunas. Excepcionalmente, será título de acreditación de esta situación, el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género en tanto que se dicte la orden de protección.
2.- Por ser mujer desempleada de larga duración (más de 24 meses) o por ser mujer que ingresa o reingresa en el mercado de trabajo habiendo sido madres en los 24 meses anteriores, se otorgará 5 puntos.
Se deberá acreditar mediante certificación expedida por el servicio competente en materia de empleo y libro de familia para el segundo caso.
3.- Por haber superado una convocatoria para cubrir una plaza de funcionario de carrera o interino para plaza igual al objeto de la presente convocatoria, así como de laboral fi jo o interino de cualquiera de las Administraciones públicas sin haber obtenido plaza, se otorgará 8 puntos. Dicho mérito se justificará mediante presentación de certifi cado expedido por la Administración convocante, en la que conste que el/la interesado/a superó todos los ejercicios de la fase de oposición sin haber obtenido plaza, así como la oferta
de empleo público con expresión del año en el que se encuadraba la plaza objeto de la convocatoria. No se valorará en aquellos casos que consistieran únicamente
en un concurso de méritos.



Viernes25 de Julio de 2014 B. O. C. CE. - 5.385 1.953




EL IMPRESO PARA OPTAR A ESTA BOLSA ESTA EN LA PAGINA 1953 DEL BOCCE DELVIERNES 25 DE JULIO, PULSA AQUI PDF











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